26 may 2011

La Constitución de 1812 y sus fuentes

Texto de la Constitución 1812


1. AQUI TENEMOS EL TEXTO ÍNTEGRO DE LA CONSTITUCIÓN SOBRE LA QUE ESTAMOS TRABAJANDO, EN UNA VERSIÓN COLGADA EN LA WEB DE LA UNIVERSIDAD DE VIGO...FIJAOS EN LA FECHA CON LA QUE SE CIERRA EL DOCUMENTO ¿PROBLEMAS?


2. A CONTINUACIÓN TENEMOS ALGUNAS DE LAS FUENTES QUE SIRVIERON DE INSPIRACIÓN A LOS QUE ELABORARON EL DOCUMENTO DE CÁDIZ...


3. ¿ALGUIÉN SABE QUÉ PAÍS EXTRANJERO PUDO INFLUIR MÁS EN LA REDACCIÓN DE LA CONSTITUCIÓN DE 1812? ¿MOTIVOS?





  • Las fuentes normativas

  • ImageChef.com Poetry Blender

    La Constitución de 1812: Libertad de Expresión / Libertad de Prensa e imprenta

    Libertad de Expresión / Libertad de Prensa e imprenta  

    “Todos los españoles tienen libertad de escribir, imprimir y publicar sus ideas políticas sin necesidad de licencia, revisión o aprobación alguna anterior a la publicación, bajo las restricciones y responsabilidad que establezcan las leyes”. (Art.371)

    AQUI Y AHORA:

    INDULTO EN MARRUECOS PARA UN PRESO DE CONCIENCIA




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    Chekib El Khiari

    Amnistía Internacional ha acogido con satisfacción el indulto concedido al preso de conciencia Chekib El Khiari, encarcelado en junio de 2009 por denunciar la corrupción. La organización también ha expresado su satisfacción por la puesta en libertad bajo fianza de tres activistas de derechos humanos saharauis que llevaban detenidos desde octubre de 2009, pero ha pedido que se retiren los cargos contra ellos.
    Amnistía Internacional ha expresado su esperanza de que estas excarcelaciones sean una señal de que se han relajado los límites que los activistas de derechos humanos tradicionalmente han tenido prohibido cruzar en sus críticas sobre las autoridades y sobre la cuestión del Sáhara Occidental, y no una medida para tranquilizar a los manifestantes que exigen reformas en Marruecos y el Sáhara Occidental.
    Chekib El Khiari cumplía una condena de tres años tras ser declarado culpable, el 24 de junio de 2009, de socavar o insultar a las instituciones públicas y violar una normativa de 1949 sobre control de cambio. Amnistía Internacional consideró que los cargos tenían motivación política y estaban relacionados con las denuncias de El Khiari sobre la implicación de autoridades marroquíes en una red de narcotráfico.


    http://www.es.amnesty.org/es/grupos-locales/cantabria/paginas/actua/buenas-noticias/




    LA CONSTITUCIÓN DE 1812, COMO VEIS, RECOGÍA EN SUS ARTÍCULOS, TODOS LOS DERECHOS FUNDAMENTALES. ¿SE OS OCURRE ALGÚN CASO ACTUAL CONTRA LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN? 

    La Constitución de 1812: Derecho de representación

    Derecho de representación

    La nación estará representada por la Cortes, cuyos diputados son elegidos en base a la población y de forma igual en ambos hemisferios: "Las Cortes son la reunión de todos los Diputados que representan la Nación, nombrados por los ciudadanos en la forma que se dirá " (art.27). "La base para la representación nacional es la misma en ambos hemisferios." (Art. 28)

    VAMOS A VER LAS DIFERENCIAS DESDE 1812...HEMOS CAMBIADO MUCHO DE CRITERIOS ¿NO OS PARECE? TOMAD NOTA Y CONTAD VUESTRAS CONCLUSIONES...



    El sufragio en 1845, 1876, 1931


    Constitución de 1845.
    Título IV, Art. 22. Para ser diputado se requiere ser español, del estado seglar, haber cumplido veinticinco años, disfrutar la renta procedente de bienes raíces o pagar por contribuciones directas la cantidad que la ley electoral exija.

    Constitución de 1876.
    Título IV, Art. 29. Para ser elegido diputado se requiere ser español, de estado seglar, mayor de edad y gozar de todos los derechos civiles.

    Constitución de 1931.
    Título IV, Art. 53. Serán elegibles para diputados todos los ciudadanos .... mayores de 23 años, sin distinción de sexo ni de estado civil, que reunan las condiciones fijadas por la ley electoral.

    1. ¿Qué diferencias hay entre estos tres artículos?, ¿a qué se puede deber?
    2. ¿Qué limitaciones RIQUEZA, EDAD, SEXO...se imponen en algunos artículos?




    La Constitución de 1812: Separación de Poderes

    Separación de Poderes

    La Constitución de 1812 intenta diferenciar claramente quién hace las leyes, quién las ejecuta y quién las aplica: Poder Legislativo: “la potestad de hacer las leyes reside en la Cortes con el Rey”; Poder ejecutivo: “la potestad de hacer ejecutar la leyes, reside en el rey”; Poder Judicial: "la potestad de aplicar las leyes en las causas civiles y criminales reside en los Tribunales establecidos por la Ley” (Art.15-16-17) ....

    Constitución de 1812. Capítulo III.

    Art. 15. La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey.
    Art. 16. La potestad de hacer ejecutar las leyes reside en el Rey.
    Art. 17. La potestad de aplicar las leyes ... reside en los tribunales civiles establecidos por la ley.

    Constitución de 1869. Título II.

    Art. 34. La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes. El Rey sanciona y promulga las leyes.
    Art. 35. El poder ejecutivo reside en el rey, que lo ejerce por medio de sus Ministros.
    Art. 36. Los tribunales ejercen el poder judicial.

    LEE Y COMPARA LOS DOS TEXTOS. CADA GRUPO QUE ELIJA A UN REPRESENTANTE QUE CONTESTE, NO HACE FALTA MÁS.

    1. ¿Cuál es el principio constitucional recogido en estos artículos? ¿Qué es la separación de poderes y cómo se refleja en estos textos?
    2. ¿Qué diferencia fundamental existe entre una y otra Constitución y qué importancia tiene esa diferencia?
    3. Comenta cualquier otro aspecto que te parezca interesante
    Ejercicio sobre la separación de poderes en las constituciones de 1812 y la de 1869.

    La Constitución de 1812: Soberanía Nacional

    Soberanía Nacional
    La Constitución de 1812 de fiende que la soberanía reside esencialmente en la Nación, la nación española entendida como la reunión de todos los españoles de ambos hemisferios. Por tanto pertenece a ésta exclusivamente el derecho de establecer sus leyes fundamentales. Así mismo tambien establece que la Nación española es libre e independiente, y no es ni puede ser patrimonio de ninguna familia ni persona.

    VAMOS A COMPARAR LO QUE APARECE EN LAS DIFERENTES CONSTITUCIONES, Y ESPERO QUE OS SORPRENDAIS...

    LA SOBERANÍA POPULAR EN LAS DIFERENTES CONSTITUCIONES:




    1812: "La soberanía nacional reside esencialmente en la nación y, por lo mismo, pertenece a ésta exclusivamente el derecho de establecer sus leyes fundamentales" (T. I, C. I, Art. 3).

    1837: "La potestad de hacer leyes reside en las Cortes con el Rey" (T. II, Art. 12).

    1845: "La potestad de hacer leyes reside en las Cortes con el Rey" (T. II, Art. 12).

    1856 (Proyecto de Constitución): "Todos los poderes públicos emanan de la Nación, en la que reside esencialmente la soberanía; y por lo mismo pertenece exclusivamente a la Nación el derecho de establecer sus leyes fundamentales" (T. I, Art. 1).

    1869: "La soberanía reside esencialmente en la Nación, de la cual emanan todos los poderes" (T. II, Art. 32).


    1873 (Proyecto de Constitución): "La soberanía reside en todos los ciudadanos, y se ejerce en representación suya, por los organismos políticos de la República constituida por medio del sufragio universal" (T. III, Art. 42).

    1876: "La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey" (T. II, Art. 18).

    1931: "La potestad legislativa reside en el pueblo, que la ejerce por medio de las Cortes o Congreso de los Diputados" (T. IV, Art. 51).

    1967: "1. La soberanía nacional es una e indivisible, sin que sea susceptible de delegación ni cesión. "2. El sistema institucional español responde a los principios de unidad de poder y coordinación de funciones" (Ley Orgánica del Estado, T. I, Art. 2). "El Jefe del Estado es el representante supremo de la Nación; personifica la soberanía nacional; ejerce el poder supremo político y administrativo; ostenta la Jefatura Nacional del Movimiento y cuida de la mas exacta observancia de los principios del mismo y demás leyes fundamentales del Reino ...." (idem, T. II, Art. 6).

    1978: "La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado" (T. Preliminar, Art. 2).

    ESPERO QUE ME CONTEIS VUESTRAS SORPRESAS ...

    1. ¿QUE DIFERENCIAS NOTAS? SEÑALA ALGUNOS DE LOS CAMBIOS QUE MÁS TE SORPRENDEN.


    alumnos PCPI

    WEB 2.0

    BICENTENARIO DE LA CONSTITUCIÓN: 1812-2012

    PRESENTACIONES DE LA SEMANA: SOCIEDAD Y CIUDADANÍA

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    LAS PRESENTACIONES DE LA SEMANA (PCPI) :Beatriz , Eduardo, Tamara, Mishell , Jonatan.

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